El DNP es la entidad técnica que coordina, diseña y apoya la planificación de políticas públicas, así como del presupuesto de los recursos de inversión del país.
En su condición de departamento administrativo perteneciente a la rama ejecutiva del poder público, hace parte del sector administrativo de planeación nacional, junto con la SSPD y la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente (unidad administrativa especial), como entidades adscritas (Decreto 1893 de 2021).
La estructura del DNP se compone de la Dirección General, la Subdirección General de Prospectiva y Desarrollo Nacional (que cuenta, entre otras, con una Dirección de Infraestructura y Energía Sostenible), la Subdirección General de Descentralización y Desarrollo Territorial, la Subdirección General de Inversiones, Seguimiento y Evaluación, la Subdirección General del Sistema General de Regalías, la Secretaría General y los órganos de asesoría y coordinación (Decreto 1893 de 2021).
Las funciones específicas del DNP, además de las generales previstas en la Ley 489 de 1998, incluyen, entre otras, las siguientes (Decreto 1893 de 2021):
Elaborar, coordinar e integrar la formulación del Plan Nacional de Desarrollo para consideración del Consejo Nacional de Planeación y del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES), así como su posterior presentación al Congreso de la República.
Presentar al presidente de la república informes periódicos sobre el cumplimiento de los planes de desarrollo y los demás que este solicite, así como asesorarlo en la preparación del informe que sobre la misma materia debe presentar anualmente al Congreso de la República.
Coordinar y apoyar la planeación de corto, mediano y largo plazo de los diferentes sectores para orientar la definición de políticas públicas y la priorización de los recursos de inversión (entre otros, los provenientes del presupuesto general de la nación y los del Sistema General de Regalías).
Proponer los objetivos y estrategias macroeconómicas y financieras, en coordinación con el MHCP, consistentes con las políticas y planes del Gobierno nacional, de acuerdo con la proyección de escenarios de corto, mediano y largo plazo.
Asegurar una adecuada programación del presupuesto de las diferentes fuentes de recursos de inversión, con base en las prioridades del Gobierno y en los objetivos de desarrollo del país.
Priorizar, de acuerdo con los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo, los programas y proyectos del Plan Operativo Anual de Inversiones para su incorporación en la Ley Anual del Presupuesto.
Proponer las medidas necesarias para lograr el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, consultando la capacidad de endeudamiento de la nación, en coordinación con el MHCP.
Preparar y someter a consideración del CONPES los documentos que desarrollen las prioridades de política del Gobierno nacional y los demás de su competencia.
Diseñar la política de prestación de los servicios públicos domiciliarios, participando a través de las comisiones de regulación (v. g., la CREG) y desarrollando estrategias de control y vigilancia para su adecuada y suficiente prestación.
Orientar las tareas de implementación de las recomendaciones de la OCDE y compromisos posacceso de Colombia, en coordinación con las entidades del Gobierno nacional encargadas de la formulación, adopción y ejecución de las políticas públicas de cada sector.
El rol del DNP en el marco de la TEJ es relevante, entre otras, por las siguientes razones:
Su estructura incluye la Subdirección General de Prospectiva y Desarrollo Nacional, que se compone, entre otras, de la Dirección de Infraestructura y Energía Sostenible (Decreto 1893 de 2021). Esta dirección, por su parte, incluye dos subdirecciones con competencias relevantes en materia de energía: la Subdirección de Energía y Minas; y la Subdirección de Movilidad Urbana y Regional. A la primera de estas subdirecciones le corresponde, entre otras, evaluar la aplicación de los subsidios públicos en los sectores de minas, hidrocarburos y energía, por lo cual tiene la capacidad de extraer conclusiones y emitir recomendaciones tendientes al eventual redireccionamiento de estos subsidios para alcanzar los objetivos de la Transición energética justa (TEJ). La segunda subdirección tiene (entre otras) la función de apoyar y asesorar la formulación, implementación y seguimiento de planes, programas y proyectos de movilidad basada en tecnologías y energéticos de cero o bajas emisiones, lo cual se alinea con los objetivos de descarbonización del sector transporte en el marco de la TEJ.
Dado que el DNP elabora, coordina e integra la formulación del Plan Nacional de Desarrollo, tiene la facultad y la responsabilidad de asegurar la inclusión de disposiciones y medidas que contribuyan efectivamente a los objetivos de la TEJ. Estas disposiciones y medidas pueden abarcar incentivos para tecnologías y prácticas alineadas con los pilares de la TEJ, así como prohibiciones, limitaciones o desincentivos para fuentes de energía (v. g., combustibles fósiles) y prácticas que deban ser abandonadas según dichos pilares, entre otros mecanismos.
En virtud de su facultad de coordinar y apoyar la planeación de corto, mediano y largo plazo en diversos sectores de la economía, el DNP tiene la responsabilidad de promover que esta planificación, para el caso del sector minero-energético, oriente la formulación de políticas públicas y la asignación de recursos de inversión hacia tecnologías y prácticas alineadas con los pilares de la TEJ, en lugar de promover o perpetuar la extracción y utilización de combustibles fósiles.
Como responsable del diseño de la política nacional en materia de servicios públicos domiciliarios, que incluyen el de electricidad y el de gas combustible, el DNP tiene la facultad de incorporar en esta política medidas orientadas a promover los pilares de la TEJ en relación con dichos servicios públicos. Esto podría implicar promover servicios que sean descarbonizados, descentralizados, desfosilizados y democratizados, entre otras características.
En el marco de su facultad para orientar la implementación de las recomendaciones de la OCDE en Colombia, el DNP tiene la responsabilidad de facilitar la eliminación y abandono de la generación de electricidad a partir de carbón en el país para el año 2030. Este objetivo y la fecha asociada constituyen una recomendación específica de la OCDE (s. f.), que también se relaciona con la adhesión de Colombia a la PPCA. Para llevar a cabo esta actividad, será necesaria una estrecha coordinación entre el DNP y el MME, como entidad encargada de la formulación, adopción y ejecución de las políticas públicas del sector minero-energético en el ámbito nacional.