Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)

La ANLA es la encargada de asegurar que los proyectos, obras o actividades sujetos a licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país (Decreto 3573 de 2011). Se trata de una unidad administrativa especial del orden nacional sin personería jurídica, que hace parte del sector de ambiente y desarrollo sostenible.

La ANLA tiene las siguientes funciones, de acuerdo con el Decreto 3573 de 2011:

  1. Otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de su competencia, de conformidad con la ley y los reglamentos.

  2. Realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales.

  3. Administrar el Sistema de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales (SILA), y la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (Vital).

  4. Velar por que se surtan los mecanismos de participación ciudadana de que trata la ley relativos a licencias, permisos y trámites ambientales.

  5. Implementar estrategias dirigidas al cuidado, custodia y correcto manejo de la información de los expedientes de licencias, permisos y trámites ambientales.

  6. Apoyar la elaboración de la reglamentación en materia ambiental.

  7. Adelantar y culminar el procedimiento de investigación, preventivo y sancionatorio en materia ambiental, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1333 de 2009 o la norma que la modifique o sustituya.

  8. Adelantar los cobros coactivos de las sumas que le sean adeudadas por todos los conceptos que procedan.

  9. Ordenar la suspensión de los trabajos o actividades, en los casos en los que el MADS haga uso del ejercicio discrecional y selectivo sobre los asuntos asignados a las CAR.

  10. Aprobar los actos administrativos de licencias ambientales para explotaciones mineras y de construcción de infraestructura vial, así como los permisos y concesiones de aprovechamiento forestal de que tratan los artículos 34, 35 y 39 de la Ley 99 de 1993.

  11. Dirimir los conflictos de competencia cuando un proyecto, obra o actividad sujeto a licencia o permiso ambiental se desarrolle en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales.

  12. Desarrollar la política de gestión de información requerida para el cumplimiento de su objeto.

  13. Asumir la representación judicial y extrajudicial de la nación en los asuntos de su competencia.

  14. Las demás funciones que le asigne la ley.

La estructura de la ANLA se compone del despacho del director general, la Subdirección de Mecanismos de Participación Ciudadana Ambiental, la Subdirección de Evaluación de Licencias Ambientales, la Subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales, la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, y la Subdirección Administrativa y Financiera.

Bajo la Ley 1715 de 2014, la ANLA tiene una función adicional, relacionada en específico con las FNCER y la gestión eficiente de la energía: establecer un ciclo de evaluación rápido para proyectos relativos a la ampliación, mejora y adaptación de las redes e instalaciones eléctricas y de hidrocarburos, proyectos de FNCE, cogeneración, autogeneración, generación distribuida y de gestión eficiente de la energía que conlleven beneficios para el medioambiente, en procura de contribuir a garantizar una adecuada calidad y seguridad en el suministro de energía, con un mínimo impacto ambiental y de manera económicamente sostenible para lograr las finalidades señaladas en la misma ley.

El rol de la ANLA en el contexto de la TEJ es relevante, dado que sus funciones incluyen el otorgamiento de licencias ambientales para proyectos cuyas actividades pueden resultar altamente impactantes y nocivas para el ambiente, los animales y los ecosistemas.

En ese sentido, el éxito del proceso de TEJ, que supone, entre otros objetivos, la descarbonización y la desfosilización, depende en gran parte de la revisión rigurosa que realice la ANLA de los impactos y, en algunos casos, de la negación de licencias ambientales solicitadas. Además, al tener la función de velar por la implementación de mecanismos de participación ciudadana en relación con licencias, permisos y trámites ambientales, a la ANLA le corresponde implementar medidas ambiciosas para asegurar, en el contexto de la TEJ, una participación efectiva de los ciudadanos, las comunidades y la sociedad civil en los trámites de licenciamiento ambiental.