Uno de los ejes fundamentales de la TEJ es la descarbonización. Sin embargo, diversas industrias, sectores y grupos de presión han promovido “soluciones” o rutas frente a la crisis climática que, lejos de propender a la evitación y reducción efectiva de emisiones de CO2 en la fuente, buscan conservar y perpetuar su modus operandi habitual (business as usual), desplazando la carga contaminante y la posibilidad de daños.
Frente a esto, múltiples investigaciones y organizaciones han concluido que los avances en soluciones reales son tan importantes como el rechazo de iniciativas peligrosas, que pretenden excusar las prácticas letales de la industria de los combustibles fósiles o que corren el riesgo de crear nuevos desastres sociales, ambientales y de equidad (CSO Equity Review Coalition, 2021).
Algunos autores se han referido a estas “soluciones” falsas como la “nueva retórica empresarial” (Soto, 2020), pero la realidad es que no solo las empresas promueven estos mecanismos que se apartan de la necesaria descarbonización: múltiples gobiernos alrededor del mundo, así como organismos y entidades internacionales, también han caído en la “trampa” de impulsarlos, a pesar de las claras conclusiones y advertencias de la ciencia y la responsabilidad que tienen de acatarlas.
A continuación, mencionamos brevemente algunas de esas “soluciones”, que hemos denominado “falsas rutas hacia la descarbonización”:
“Cero neto” o “cero emisiones netas”: esta falsa solución propone que, en lugar de dejar de emitir CO2 a la atmósfera, las emisiones continúen ocurriendo y se compensen luego mediante la eliminación o reducción de una cantidad equivalente de emisiones en otra parte, a través de proyectos de reforestación, captura y almacenamiento de carbono, soluciones basadas en la naturaleza, compra de créditos o bonos de carbono, entre otros. La denominación que da el glosario del IPCC a esta (falsa) solución es “emisiones netas de CO2 iguales a cero” (net zero CO2 emissions) e indica que estas se consiguen cuando las emisiones antropógenas de CO2 se equilibran en el ámbito mundial gracias a las remociones antropógenas de CO2 en un periodo específico. Así, en el centro de esta falsa solución está la creencia de que se puede seguir contaminando para buscar una solución ex post. Sin embargo, los mecanismos de supuesta “eliminación” de emisiones en que se basa esta falsa solución (varios de los cuales se mencionan más adelante) no se encuentran científicamente probados, su eficacia es incierta y suponen prácticas injustas e inequitativas, como el acaparamiento de tierras, la distribución inequitativa de beneficios, el rompimiento de tejido social e incluso amenazas y violaciones a los derechos humanos (Amigos de la Tierra Internacional, 2022). Múltiples investigaciones y organizaciones han afirmado que “cero neto” o “cero emisiones netas” no significa cero emisiones, y no se les debe tratar como tal (Amigos de la Tierra Internacional, 2020b).
Compensaciones: esta falsa solución consiste, como su nombre lo sugiere, en “compensar” las cantidades de CO2 (y otros GEI) efectivamente emitidas a través de la inversión en proyectos que, se supone, reducen emisiones (por ejemplo, mediante la “captura de carbono” en el suelo y los árboles; Amigos de la Tierra Internacional, 2022). El propósito de este mecanismo es que el carbono presuntamente reducido o capturado por medio de estos proyectos adicionales pueda comerciarse en mercados de carbono, en los que se transan créditos de carbono. Como lo han indicado varias organizaciones, estas transacciones y sistemas de créditos, en lugar de reducir las emisiones, reasignan a otros la responsabilidad por las reducciones, lo que permite a los emisores principales continuar emitiendo mientras afirman alcanzar sus objetivos de neutralidad neta mediante la compra de compensaciones (Friends of the Earth, 2021). Estas organizaciones, que exploran asuntos relacionados con la justicia climática, también han concluido que las compensaciones carecen de sentido indicando que, “por ejemplo, un proyecto para instalar una planta de energía renovable o para evitar la deforestación no va a quitar carbono que ya está en la atmósfera” (Amigos de la Tierra Internacional, 2022). Por su parte y a manera de ejemplo, ciertas investigaciones sobre los programas forestales de compensación de carbono han partido de la premisa de que, debido a que las compensaciones permiten efectivamente que la contaminación continúe, se deben analizar con cuidado sus beneficios climáticos reales. Al respecto, han concluido que estos programas presentan en muchos casos errores de acreditación y no reflejan beneficios climáticos reales 1, a pesar de promocionarse como mecanismos para garantizar la supuesta conservación de ecosistemas, partiendo de modelos convencionales y racistas, que no involucran a las comunidades.
Soluciones basadas en la naturaleza: la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN, por sus siglas en inglés) ha indicado que las soluciones basadas en la naturaleza (SBN) son “acciones para abordar desafíos sociales a través de la protección, el manejo sostenible y la restauración de los ecosistemas, beneficiando tanto a la biodiversidad como al bienestar humano”. Esta misma organización ha reconocido que hasta ahora no existe un marco o estándar acordado sobre lo que constituye una SBN efectiva y ha señalado que la falta de comprensión y el uso indebido de las SBN han llevado a aplicaciones que causan daño a la biodiversidad y a las comunidades, y amenazan con erosionar la confianza de los interesados en este enfoque (IUCN, 2020). En relación con la descarbonización, las SBN se promueven, por ejemplo, para la absorción de carbono en bosques bajo esquemas de compensaciones como las mencionadas en esta sección. Las SBN se presentan a modo de soluciones “naturales” a varias problemáticas socioambientales, como la crisis climática, en contraposición a soluciones provenientes de la ingeniería. Varias organizaciones han alertado sobre los riesgos que suponen las SBN, dada la ausencia de definiciones y parámetros unívocos que garanticen su efectividad, así como la protección de los ecosistemas y las personas. Al respecto, han indicado, por ejemplo, que
En el saco de las SBN cabe de todo, desde plantar árboles hasta monocultivos, pasando por agrosilvicultura, restaurar y proteger manglares costeros (‘carbono azul’), humedales y turberas, aumentar el almacenamiento de carbono en tierras agrícolas (‘cultivo de carbono’), cerrar bosques a modo de almacenes de carbono sobre el terreno, o proyectos REDD+.
También han dicho que bajo ellas se ocultan las altas emisiones continuadas de las empresas y los gobiernos (Amigos de la Tierra Internacional, 2022), y que el concepto de SBN es una solución empresarial de compensación y un mecanismo para obtener lucros financieros, que implica más plantaciones de monocultivos (CSO Equity Review Coalition, 2021), permite la mercantilización de la naturaleza e impide la adopción de medidas para combatir las emisiones en el lugar de origen (Amigos de la Tierra Internacional, 2021).
Sistemas de captura y almacenamiento de carbono: estos sistemas son tecnologías a través de las cuales se pretende reducir las emisiones de CO2 en la atmósfera para mitigar el cambio climático, en lugar de evitar las emisiones en el lugar de origen. Su promesa es capturar el CO2 previamente emitido (v. g., por fuentes industriales como plantas de generación de energía y fábricas) y luego almacenarlo a largo plazo para evitar su liberación a la atmósfera. El glosario del IPCC define la “remoción de dióxido de carbono” como la actividad antropógena por la que se remueve CO2 de la atmósfera y se almacena de forma duradera en reservorios geológicos, terrestres u oceánicos o en productos. Indica que esta incluye la mejora antropógena actual y potencial de los sumideros biológicos o geoquímicos, y la captura directa de aire y almacenamiento, pero excluye la absorción natural de CO2 no directamente causada por actividades humanas. El glosario define cinco tipos de tecnologías relacionadas con la captura y almacenamiento de carbono. 1) “Bioenergía con captura y almacenamiento de dióxido de carbono (BECCS)”: aplicación de la tecnología de captura y almacenamiento de CO2 (CAC) a una planta de producción de bioenergía (definida como la energía derivada de cualquier forma de biomasa o sus subproductos metabólicos); 2) “captura directa de dióxido de carbono del aire y almacenamiento (DACCS)”: proceso químico mediante el cual el CO2 se captura directamente del aire del ambiente y luego se almacena; 3) “captura, utilización y almacenamiento de dióxido de carbono (CCUS)”; 4) “captura y almacenamiento de dióxido de carbono (CAC)”: proceso en el que un flujo relativamente puro de CO2 procedente de fuentes industriales y de fuentes relacionadas con la energía se separa (captura), condiciona, comprime y transporta hasta un lugar de almacenamiento para su aislamiento de la atmósfera durante un largo periodo; y 5) “captura y utilización de dióxido de carbono (CCU)”: proceso en el que el CO2 se captura y utiliza para elaborar un nuevo producto. Sobre esta, el glosario indica que, si el CO2 se almacena en un producto durante un horizonte temporal pertinente para el clima, se denomina CCUS. Solo entonces, y únicamente si se combina con CO2 removido recientemente de la atmósfera, el proceso de CCUS puede dar lugar a la remoción de CO2 (IPCC, 2018). El glosario también señala que la captura y el almacenamiento de CO2 procedente de fuentes industriales y energéticas no remueven por sí solos CO2 de la atmósfera, pero pueden reducir el CO2 atmosférico si se combinan con la producción de bioenergía.
Algunas organizaciones han manifestado que los sistemas de CAC, así como los de CCUS, constituyen la idea (no demostrada) de que las emisiones de CO2 pueden, de alguna manera, almacenarse bajo tierra o reutilizarse en otros medios de producción una vez se han eliminado de la atmósfera (Amigos de la Tierra Internacional, 2022). Los consideran “parches tecnológicos de lo más arriesgado” y sostienen que ofrecen una excusa a la industria de los combustibles fósiles para continuar la producción, bajo el falso pretexto de que el CO2 será capturado a gran escala en el futuro. La realidad, en cambio, es que se trata de tecnologías costosas que no están probadas y conllevan riesgos, acumulando una bomba de tiempo con el objetivo subyacente de justificar nociones engañosas como el “carbón limpio” y la “economía circular del carbono” (CSO Equity Review Coalition, 2021).
Mercados de carbono: amparados en el Acuerdo de París, son mecanismos transaccionales para la compra y venta de derechos a emitir GEI (especialmente CO2). Funcionan con el objetivo de proporcionar incentivos económicos para que las empresas y los países opten por compensar sus emisiones en lugar de evitarlas o reducirlas en el lugar de origen, y luego puedan vender sus compensaciones en forma de créditos o bonos de carbono. En los mercados de carbono, los gobiernos, las empresas y los particulares pueden comprar y vender carbono en forma de 1) emisiones evitadas de GEI (por ejemplo, mediante el cese de actividades de una planta de generación de electricidad con carbón o la reducción de la demanda y/o el cambio a fuentes de energía renovable) o 2) eliminaciones de carbono ya emitido (por ejemplo, mediante proyectos forestales —plantación de árboles—, medidas de conservación o restauración de ecosistemas; Friends of the Earth International, 2021). De acuerdo con organizaciones que exploran temas relacionados con la justicia climática, los mercados de carbono y los créditos de carbono que en ellos se transan son las herramientas que hacen que los planes de “cero neto” sean posibles. Indican que, en estos mercados, los agentes de industrias altamente contaminantes (emisoras) siguen emitiendo CO2 y “pagan para que se haga algo que se considere que contrarresta estas emisiones, en otra parte del planeta —lo que se conoce como compensaciones de carbono—” (Amigos de la Tierra Internacional, 2022). Si bien la noción general de “mercados de carbono” cobija múltiples mecanismos distintos entre sí (por ejemplo, hay diferencias entre el comercio de derechos de emisión y las compensaciones, y entre los mercados voluntarios y los de obligatorio cumplimiento; Friends of the Earth International, 2021), la realidad es que todos ellos comparten la característica de desviar la atención de las medidas realmente necesarias para reducir las emisiones de GEI y mitigar el cambio climático, las cuales se centran en dejar de emitir y evitar las emisiones en su lugar de origen.
Promoción del gas fósil (comúnmente mal denominado “gas natural”) como “combustible de transición”: a pesar de las conclusiones a las que ha llegado la ciencia con respecto al necesario abandono de todos los combustibles fósiles para mitigar el cambio climático, la industria de los hidrocarburos ha logrado posicionar alrededor del mundo la narrativa de que el gas fósil es el “combustible de transición”. Para avanzar esta narrativa, caracterizada por la ausencia de evaluaciones sobre los efectos adversos del gas fósil (tanto en términos climáticos como en términos ambientales y de salud), la industria de los hidrocarburos ha comparado aisladamente las emisiones de CO2 provenientes del carbón con aquellas provenientes del gas, obteniendo un resultado incompleto que permita justificar su narrativa. En otras palabras, ha pretendido posicionar el gas como “combustible de transición” simplemente teniendo en cuenta los impactos correlativos del carbón. Sin embargo, varias investigaciones han concluido que la transición tecnológica debe y puede ser directamente a fuentes renovables no convencionales (como las FNCER; Sackett, 2020), y que el gas, combustible fósil emisor de metano (Howarth, 2022) y causante de múltiples impactos de diversa naturaleza (incluyendo impactos a la salud humana), debe también abandonarse (C40 Cities, 2022). Como lo han indicado algunas organizaciones, el uso continuado de gas afianza la industria de los combustibles fósiles, retrasa la priorización de la energía renovable y crea obstáculos para la descarbonización profunda, cuando nada de esto debería justificarse bajo afirmaciones sesgadas sobre que el gas es relativamente más limpio en comparación con el carbón (CSO Equity Review Coalition, 2021).
En Colombia, varias de las falsas soluciones descritas han empezado a incorporarse en los ejercicios de planeación del sector energético y en el ordenamiento jurídico propiamente dicho. Por ejemplo, la Ley 2169 de 2021 contiene un título (IV) dedicado a las medidas para la promoción y desarrollo de los mercados de carbono (MADS, s. f.), sin prever mecanismos para la protección de derechos.
En relación con las SBN, la misma ley ordena al MADS incorporar en los instrumentos sectoriales de planificación existentes y futuros acciones orientadas a la masificación de SBN en áreas boscosas y ecosistemas degradados para la conservación ecosistémica. Con respecto a las tecnologías de captura, utilización y almacenamiento de carbono, la Ley 2099 de 2021 (mal llamada de “transición energética”) otorgó varios beneficios tributarios y contables a estas, y ordenó al Gobierno nacional implementar la reglamentación necesaria para su promoción y desarrollo. Esto dio lugar a cierto proyecto de decreto preparado y publicado por el MME 2, cuyo objeto es reglamentar los artículos respectivos de la Ley 2099 de 2021 sobre sistemas de captura, utilización y almacenamiento de carbono, y adicionar un título sobre el mismo asunto en el Decreto Único Reglamentario del sector de minas y energía (Decreto 1073 de 2015).
Además, el MME ha celebrado convenios con terceros para investigar estas tecnologías (Escobar et al., 2021) y la UPME (2023) ha indicado, en algunos documentos relacionados con su labor de planificación, que “las tecnologías de captura, secuestro, almacenamiento y uso del carbono (CCUS) son esenciales para lograr la neutralidad de carbono y permiten utilizar de manera eficiente los combustibles fósiles en aplicaciones donde su reemplazo es difícil”.
De manera preocupante, la UPME (2023) también ha concluido que las plantas de generación de electricidad a partir de carbón o gas podrían tender a instalar sistemas de captura, utilización y almacenamiento para 2050 con el ánimo de seguir operando. Por su parte, en relación con el gas fósil, la Ley 2128 de 2021 promueve la masificación del uso y el incremento de la oferta de este combustible fósil, señalándolo como “eje de la transición energética”.
En el contexto de la TEJ, resulta vital que la sociedad civil, la ciudadanía y las comunidades se encuentren debidamente informadas sobre los riesgos que suponen las tecnologías y mecanismos que se presentan como falsas soluciones o rutas a la descarbonización y la crisis climática, y la amenaza que representa el posponer las acciones realmente necesarias, tendientes a dejar de emitir y dejar de contaminar en el momento presente. Esto para facilitar la instauración de acciones (algunas de las cuales se identifican más adelante en este libro) que exijan a las autoridades colombianas tomar medidas coherentes con la mitigación de la crisis climática y las soluciones que se promueven para alcanzarlas, que deben ser ambiciosas, fundamentadas y realistas, no falsas.