La noción de “presupuesto de carbono” hace referencia a la cantidad total de emisiones de carbono (v. g., CO2) que pueden liberarse a la atmósfera sin exceder un cierto límite para mantener el calentamiento global dentro de un nivel específico, por lo general asociado a los objetivos de mitigación del cambio climático. En otras palabras, este concepto implica calcular cuánto carbono puede ser emitido y absorbido por diversos sistemas (como los océanos y la biosfera terrestre) sin superar ciertos umbrales, para evitar la causación de efectos climáticos catastróficos.

De acuerdo con investigaciones académicas, el presupuesto de carbono restante de la humanidad se define como la cantidad neta de CO2 que los seres humanos aún podemos emitir mientras se mantiene el calentamiento global por debajo de un límite específico con una probabilidad determinada, teniendo en cuenta el efecto de otros forzadores climáticos antropogénicos.

Estas investigaciones han indicado que el concepto es fundamental al considerar la velocidad de descarbonización necesaria para cumplir con los objetivos del Acuerdo de París, que consisten en mantener el calentamiento global muy por debajo de 2 °C en relación con los niveles preindustriales y esforzarse por limitarlo a menos de 1.5 °C (Lamboll et al., 2023).

En el ordenamiento jurídico colombiano, la Ley 2169 de 2021 definió el “presupuesto de carbono” como el nivel total permisible de la cantidad de GEI emitida en un país durante un periodo definido. Incluyó dentro de las acciones mínimas para lograr las metas nacionales de mitigación de GEI a 2030 el establecimiento de presupuestos de carbono para el periodo 2020-2030, a más tardar en 2023.

La idea del presupuesto de carbono se originó en el artículo 4.° del Acuerdo de París, el cual establece como objetivo que las emisiones globales de GEI alcancen su punto máximo lo antes posible, teniendo en cuenta la mejora continua de la información científica disponible, con el fin de lograr un equilibrio entre las emisiones antropogénicas provenientes de fuentes y la absorción por sumideros hacia la segunda mitad del siglo.

El presupuesto de carbono es en esencia un límite máximo de emisiones, diseñado para que la estimación acumulada neta de emisiones antropogénicas de CO2 en el ámbito global alcance cero, lo cual, con cierta probabilidad, limitaría el calentamiento global. Sin embargo, este enfoque presenta riesgos al permitir daños a la atmósfera y aumentar la inseguridad en la estabilidad climática, en especial entre los principales responsables de la crisis en los ámbitos global, nacional y local.

Este presupuesto se conceptualiza como un permiso que podría retrasar la acción climática y permitir la intervención estatal solo cuando se agote dicho presupuesto. En muchos casos, los mecanismos como los mercados de bonos y créditos de carbono, los sistemas de cuotas negociables de emisiones, los impuestos al carbono y otros instrumentos de mitigación dependen en gran medida de la capacidad de los sumideros de carbono, como los programas REDD+ o soluciones basadas en la naturaleza. Estos mecanismos no siempre cuentan con un presupuesto que restrinja su alcance, lo cual ha llevado a críticas que los consideran soluciones inadecuadas al no considerar los límites geofísicos reales de la atmósfera, reduciendo así el problema climático a una simple ecuación matemática de emisiones y compensaciones (Plataforma Latinoamericana y del Caribe por la Justicia Climática, 2022; véase Falsas rutas hacia la descarbonización).

No obstante, el presupuesto de carbono podría convertirse en un instrumento para desincentivar la producción y consumo de combustibles fósiles, si se acompaña de medidas efectivas y obligatorias que establezcan límites máximos a las emisiones de GEI que generan quienes los explotan y comercializan (IPCC, 2018).