La “revocatoria del mandato” es un mecanismo de participación ciudadana que permite a los ciudadanos revocar el mandato otorgado a un funcionario electo antes de que finalice su periodo, debido a una gestión insatisfactoria en la administración pública.

El artículo 6.° de la Ley 134 de 1994 define la revocatoria del mandato como el derecho político mediante el cual los ciudadanos pueden dar por terminado el mandato de un gobernador o alcalde. Los artículos 64 y 65 de la misma ley establecen los requisitos para solicitarla:

  • Un número de ciudadanos no inferior al 40 % del total de los votos válidos emitidos en la elección del respectivo mandatario.

  • Solo pueden solicitar la revocatoria aquellos que participaron en la votación en la cual se eligió al funcionario correspondiente. La Registraduría del Estado Civil certificará que las cédulas de quienes firman la solicitud correspondan a ciudadanos que votaron en las respectivas elecciones.

  • Debe haber transcurrido más de un año desde la posesión del mandatario.

  • La solicitud debe contener las razones que fundamentan la insatisfacción de la ciudadanía o las consideraciones sobre el incumplimiento del programa de gobierno.

El artículo 69 de la Ley 134 de 1994 establece que, si la revocatoria del mandato no logra ser aprobada, no podrá volver a intentarse durante el resto del periodo del mandatario en cuestión.